El procedimiento de tramitación y recepción de documentos electrónicos por la autoridad fiscal de Belarús cambiará
Los cambios en el procedimiento de recepción y tramitación de las declaraciones de impuestos (calculaciones) y otros documentos en forma electrónica entrarán en vigor en Belarús a partir del 1 de octubre.

A partir del 1 de octubre entrarán en vigor en Belarús los cambios en el procedimiento de recepción y tramitación de las declaraciones de impuestos (calculaciones) y otros documentos en forma electrónica, el corresponsal de la agencia de noticias Minsk-Novosti, con referencia al servicio de prensa del Ministerio de Impuestos y Deberes.
Las innovaciones fueron aprobadas por la resolución del Ministerio de Tributación del 29 de febrero de 2012 No. 7 “Sobre la presentación de documentos electrónicos a las autoridades fiscales”. En el documento se especifican las disposiciones para la aceptación (refutable a aceptar) de las declaraciones fiscales (calculaciones), otros documentos y el procedimiento para notificar al pagador sobre esto.
The tax authority will refuse to accept an electronic document signed by a person who is not a legal or authorized representative of the payer. No habrá más procesamiento de dicho documento.
El artículo 24 del Código de Impuestos estipula que el beneficiario puede participar en las relaciones reguladas por la legislación tributaria a través de un representante legal o autorizado. Las credenciales del representante estarán sujetas a pruebas documentales.
Además, la negativa a aceptar un documento electrónico se enviará al pagador si hay información en la autoridad tributaria de que se ha violado el secreto de la clave personal de la firma digital electrónica. Otra razón para la negativa es la presentación de una declaración de impuestos (calculación) para el período fiscal (reportación), sometido a o sometido a inspección. However, in this case, the refusal is sent only on condition that the submission of the declaration is not related to the reflection in the accounting or tax records of the payer of the results of the audit or circumstances that occurred after the beginning of the inspection, but are relevant to the period subjected to the audit.



