CEE suspende la medida antidumping contra el dióxido de titanio procedente de China
La Junta de la Comisión Económica de Eurasia decidió no aplicar la medida antidumping establecida con respecto al dióxido de titanio.

La Junta de la Comisión Económica de Eurasia decidió no aplicar la medida antidumping establecida contra el dióxido de titanio procedente de la República Popular China hasta el 10 de agosto de 2027 inclusive. Esto fue reportado en el bloque comercial EEC, escribe BelTA.

La CEPE señaló que:
“El análisis de la información disponible indica la existencia de motivos para suspender la medida antidumping introducida anteriormente en interés de los países de la Unión Económica Eurasia”.
La decisión entrará en vigor después de 10 días calendario a partir de la fecha de su publicación oficial.
La medida antidumping contra el dióxido de titanio importado de China al territorio aduanero de la Unión Económica Eurasia se aplica de conformidad con la decisión de la Junta de la CEE del 14 de octubre de 2025 en forma de derechos antidumping en las cantidades del 14,27% - 16,25% del valor aduanero según el fabricante, así como las obligaciones de precios. Además, es posible importar dióxido de titanio sin pagar un derecho antidumping (además de las obligaciones de precios) dentro de los volúmenes anuales establecidos para los países de la UEA.
El Consejo de la CEE ha establecido en cuyo caso el fabricante de dispositivos médicos revocará el certificado de registro

